SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1163/2017-S2
Fecha: 15-Nov-2017
MAGISTRADO
[i] El tratadista Sainz, afirma que el aspecto o dimensión sustantiva o material del debido proceso “se trata de un auténtico juicio o valoración directamente aplicado sobre la misma decisión o pronunciamiento con el que se pone término a un proceso incidiendo en el fondo de las cosas y no limitándose tan sólo a la forma como ocurre normalmente con la dimensión procesal adjetiva”. SAENZ DÁVALOS, Luis R.; op. cit. pg. 51; (pg. 155).
[ii]Para el autor Enrique Pestaña Uribe, el debido proceso sustantivo o material, “plantea que toda decisión jurisdiccional se encuentre acorde con los estándares mínimos del derecho, evitando caer en situaciones arbitrarias o desproporcionadas, para este tratadista, se trata en realidad de la aplicación concreta del derecho sustantivo al caso específico según lo que le corresponda sin desventaja ni detrimento alguno en perjuicio del justiciable”. PALOMINO MANCHEGO, José F. (coordinador); PESTAÑA URBIE, Enrique (autor); op. cit. pg. 35; (pg. 716).
[iii] Según Legaz y Lacambra, "la arbitrariedad es una actitud antijurídica que consiste en la negación del derecho como legalidad y cometida por el propio custodio de la misma, es decir por el propio poder público". LEGAZ Y LACAMBRA, Luis; Filosofía del Derecho; quinta edición; editorial Bosch, Barcelona-España; 1979; (pg.142).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 15
- ) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales”
- (…) cuando de la revisión de antecedentes se advierta que la lesión a los derechos y garantías fundamentales sea grosera y evidente, el Tribunal Constitucional Plurinacional, dados los fines propios de la justicia constitucional, traducidos en el control de constitucionalidad y el resguardo y vigencia de los derechos y garantías constitucionales, podrá en revisión ingresar al análisis de la problemática planteada, aclarándose expresamente que esta, es una
- Fragmento 18
- La posesión agraria se constituye en el principal medio para poder
- Fragmento 20
- es una garantía constitucional que obliga al juez a una correcta aplicación de la normativa
- posesión legal y legítima
- aplicación retroactiva de normas constitucionales
- Art. 398 de la CPE
- art. 399
- Los nuevos límites de la propiedad agraria
- El fundamento jurídico del principio de irretroactividad, es la necesidad de dar estabilidad al ordenamiento jurídico,
- Dar efecto retroactivo a una ley equivale a destruir la confianza y seguridad que se tiene en las normas jurídicas.
- observando que se cumpla la función económica social de la propiedad.
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO