AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2017-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2017-O

Fecha: 24-Feb-2017

II.2.

II.2.  Cursa Acuerdo de pago y extinción de obligaciones suscrito el 30 de noviembre de 2015, entre el ahora denunciante y Eddy Gustavo Gira Ramos en representación de la Sociedad Minero Metalúrgica Reserva Ltda. -ahora demandada- conviniendo en la Cláusula Cuarta la inexistencia de obligaciones, indicando también en la Cláusula Quinta que “…El EX TRABAJADOR desiste en forma definitiva de cualquier tipo de demandada o reclamo que hubiera podido iniciar o ejercer en contra de la EMPRESA tanto en ante el ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social o ante cualquier otra autoridad, sea por reincorporación, impugnación de pre avisos, reclamo de beneficios sociales o cualquier otro, asumiendo la responsabilidad de presentar el desistimiento respectivo ante cualquier acción que hubiera iniciado” (sic). Documento visado por la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Potosí el 8 de julio de 2016 (fs. 90 y vta.).