SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2017-S1
Fecha: 15-Feb-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 03/2016 de 4 de noviembre, cursante de fs. 262 a 268 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ramona Tórrez Cruz de Pizarro y Emeterio Pizarro Condo contra Rafaél Rodríguez Mamani, Jiliri Mallku; Guillermo Lázaro Rosales, Yati Mallku y Francisco Mamani Huanca, Chiqanchir Mallku, todos del Suyu Jatun Killaka Asanajaqi; Vidal Copa Encinas, Jilacata Originario, Claudina de La Cruz Condo, Mama T’alla ambos del Ayllu Genopacha, René Copa Cari, Irpiri Mallku de la Marka Pampa Aullagas; Enrique Tórrez Garisto, Hilacata Originario; Claudina Choque Gonzales; Mama T’alla ambos del Ayllu Sacatiri, Policarpio Cari Cruz, Originario, Elisa Opi Huarachi, Mama T’alla ambos del Ayllu Taka; Evaristo Villca Condori, Autoridad Originario, Rosa Ramírez Alaca, Mama T’alla ambos del Ayllu Suctita, Leonardo Cayo Puquimia, Originario, Justina Cerezo de Cayo, Mama T’alla ambos del Ayllu Choro, Francisco Mamani Chaca, Efraín Mamani Gonzáles; Bertha Mamani Gonzales, Martiriano Mamani Cari, Crispín Villca Tórrez, ,miembros de la comunidad Talaqollo; Raúl Zacarías Copa Copa, miembro de la comunidad de Lupuyo Vinto, Daniél Condo Cayo, miembro de la comunidad de Tomawanu, Eugenio Villca Rosales, Segundina Eugenio Arroyo Vda. de Condori de la comunidad, de Quirpata del Ayllu Choro; y, Pio García Barrio de la comunidad Capitán Río Verde; todos de la Marka Pampa Aullagas, provincia Ladislao Cabrera del departamento de Oruro.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Rafaél Rodríguez Mamani
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Los derechos fundamentales de carácter colectivo de las naciones y pueblos indígena originario campesinos
- III.3. El derecho a no ser condenado sin haber sido oído y juzgado previamente, a la tutela judicial efectiva por un tribunal imparcial e independiente, a la igualdad de partes y a la defensa como elementos del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER
- 2°
- 3°