Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2017-S1
Fecha: 15-Feb-2017
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
La parte accionante estima que se lesionó sus derechos al debido proceso en relación a no ser condenado sin haber sido oído y juzgado previamente y prohibición de justicia por mano propia; de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva por un tribunal imparcial e independiente; a la igualdad de partes y derecho a la impugnación; y, a la defensa en la JIOC; citando al efecto los arts. 115, 117, 119.I y II, 120.I y 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 8.1 y 2 inc. h) y 14.1 inc. d) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Rafaél Rodríguez Mamani
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Los derechos fundamentales de carácter colectivo de las naciones y pueblos indígena originario campesinos
- III.3. El derecho a no ser condenado sin haber sido oído y juzgado previamente, a la tutela judicial efectiva por un tribunal imparcial e independiente, a la igualdad de partes y a la defensa como elementos del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER
- 2°
- 3°