SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017-S1

Fecha: 15-Feb-2017

1)

Karem Lorena Gallardo Sejas y Nuria Gisela Gonzáles Romero, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, presentaron informe escrito cursante de fs. 15 a 16 vta., indicando que: 1) Esta acción de libertad no cumple con los requisitos exigidos por la jurisprudencia constitucional para ingresar al control e interpretación de la legalidad ordinaria; 2) El Auto de Vista de 16 de noviembre de 2016, fue emitido sobre la base de normas procesales vigentes, estando motivada, siendo sus fundamentos claros y de acuerdo a lo estipulado en el art. 124 del CPP; 3) Se modificó el Auto Interlocutorio de 7 de octubre de 2016, levantándose el arraigo a nivel departamental, por considerarse excesivo; 4) Respecto a la detención domiciliaria, se determinó conforme a la sana crítica que se requieren mayores elementos que acrediten que el imputado necesita realizar actividades laborales en jornadas especiales o específicas, además de que ya fueron autorizadas; y en  caso de abandonar el departamento debía acreditar las fechas o en su defecto solicitar la modificación de las medidas aportando la documentación de respaldo correspondiente; y, 5) Sobre la base de los principios de instrumentalidad y variabilidad, las medidas cautelares pueden ser modificadas en cualquier   momento, con la acreditación de nuevos elementos de convicción.