SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017-S1

Fecha: 15-Feb-2017

II.4.

II.4.    Auto Interlocutorio de 7 de octubre de 2016; por el que, la Jueza de Instrucción Penal Cuarta del departamento de Cochabamba –ahora demandada– rechazó la solicitud de modificación de medidas cautelares impetrada por demandante de tutela, conforme a los siguientes fundamentos: a) Con la documentación adjuntada por el imputado, no se acreditó que haya sufrido algún detrimento con la detención domiciliaria; dado que las facturas de energía eléctrica, de pensiones y cancelación de derecho académico de su hijos, demuestran que se encuentra al día con sus obligaciones económicas; no siendo evidente su perjuicio financiero; b) La renovación de contrato de obra, demostró que no se provocó desmedro en las ganancias o menoscabo en las actividades del impetrante de tutela; por lo que, no se acreditó suficientemente la necesidad de modificar las medidas cautelares impuestas; c) En varias oportunidades se señaló que el accionante, a fin de realizar sus actividades, podía solicitar permiso de salida, acreditando suficientemente con documentación idónea la necesidad de ello; y, d) El imputado solo demostró tener un contrato de obra renovado; otra cosa seria que tuviera facturas pendientes de pago u otras obligaciones que evidenciaran un detrimento en el desarrollo normal de su actividades (fs. 85 vta. a 87 vta.).