Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2017-S2
Fecha: 20-Feb-2017
III.5. Otras consideraciones
En aplicación de la referida SCP 0846/2012, desarrollada en el Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo constitucional, este nuevo entendimiento constitucional, respecto a la acumulación de procesos por conexitud, puede ser aplicado de manera retrospectiva al caso en análisis, puesto que, se trata de dos procesos penales que se encuentran en curso, los cuales no adquirieron la calidad de cosa juzgada, además que este reciente entendimiento no es perjudicial para la imputada; consiguientemente, es aplicable al caso en examen.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- 1)
- i)
- concedió
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 10
- III.2. La conexitud penal y principio non bis in ídem
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- 3)
- III.3. La jurisprudencia constitucional en el tiempo
- Fragmento 16
- III.4.
- III.5. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en todo
- 2°
- nom bis in ídem