Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2017-O
Fecha: 03-Mar-2017
II.3.
II.3. El 23 de mayo de 2016, Jaime Perez Ticona, adjuntando Acta de elección y posesión como nuevo Presidente del Directorio de la (ACMSMC) y Carta notarial de cumplimiento de la Resolución de 28 de abril de 2016, se apersona y manifiesta ante el Tribunal de garantías haber dado respuesta a las notas de 3 de febrero y 8 de marzo de 2016. Lo referido precedentemente fue corrido en traslado (fs. 26 a 39).
- acción de amparo constitucional
- a)
- b)
- 1)
- I.3. Determinación que se pretende impugnar mediante la queja
- Petitorio
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.
- i)
- es un verdadero proceso de naturaleza constitucional
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida
- conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida
- En este supuesto, el juez o tribunal de garantías, en el plazo de veinte cuatro horas, deberá remitir todos los antecedentes relevantes del reclamo ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.4.
- NO HA LUGAR