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    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2017-O
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2017-O

    Fecha: 03-Mar-2017

    NO HA LUGAR

    El Tribunal Constitucional Plurinacional; en su Sala Primera Especializada; en virtud a la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y los arts. 12.14 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 16.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: NO HA LUGAR a la queja.

    • acción de amparo constitucional
    • a)
    • b)
    • 1)
    • I.3. Determinación que se pretende impugnar mediante la queja
    • Petitorio
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • III.
    • i)
    • es un verdadero proceso de naturaleza constitucional
    • Fragmento 19
    • Fragmento 20
    • quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida
    • conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida
    • En este supuesto, el juez o tribunal de garantías, en el plazo de veinte cuatro horas, deberá remitir todos los antecedentes relevantes del reclamo ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • III.4.
    • NO HA LUGAR

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