Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2017-S1
Fecha: 09-Mar-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 30 de noviembre de 2016, cursante de fs. 337 a 343 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Francisco Aguayo Maldonado, Juan Carlos Aguayo Meneces y Pepe Avilés Silvestre contra Omar Alexander Ortuño Sainz, Presidente de la “Línea de Taxi Trufis 103” de Cochabamba; Hernán Salvatierra Vargas, Eufronio Veizaga Torrico y Scarlet Vásquez Olivera, Presidente, Vicepresidente y Secretaria del Comité Disciplinario de la misma organización.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.
- ñandereko
- seguridad jurídica
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.3. El principio de subsidiaridad en la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR