Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2017-S3
Fecha: 13-Mar-2017
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 25 de septiembre de 2015, la ahora accionante solicitó a la autoridad hoy demandada, que por conducto regular requiera al CEUB que certifique la norma por la cual tiene la potestad de legalizar documentos emitidos por Universidades del Sistema Universitario Boliviano y otros en el caso de que lo realice; cuál su estatus jurídico en el Sistema de la Universidad Boliviana (fs. 7).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “rechazó”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la interposición de un nuevo recurso sobre los mismos hechos, estando el primero en trámite y sin contar con un pronunciamiento definitivo, no es conforme a derecho, constituyendo un acto temerario que pretende lograr una duplicidad de fallos sobre un mismo hecho, induciendo a error a los Tribunales de garantías
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR