SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2017-S2

Fecha: 13-Mar-2017

1)

El accionante a través de su representante, denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la defensa; alegando que: 1) Las suspensiones de las declaraciones informativas por parte del Ministerio Público afectan su derecho fundamental a la libertad, constituyéndose en un procedimiento indebido; 2) La Jueza de la causa por el principio de favorabilidad, debió disponer medidas sustitutivas a la detención preventiva en su favor al considerar que concurre únicamente el riesgo procesal de obstaculización previsto en el art. 235.2 del CPP, en el Auto 242; y, 3) Asimismo, los Vocales demandados al emitir el Auto de Vista 267, no establecieron de qué manera podría influir negativamente contra su hermano y obstaculizará la averiguación de la verdad estando en libertad, apartándose de lo establecido en los arts. 7, 221, 222 y 240 del adjetivo penal; asimismo, no explicaron por qué no se debe aplicar las medidas sustitutivas, tampoco fundamentaron en base a qué elementos probatorios llegaron a la conclusión que al no declarar Jhimy Almanza Encinas se estaría poniendo en riesgo el proceso y la averiguación de la verdad.