SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2017-S2

Fecha: 13-Mar-2017

II.5.

II.5.    El 9 de noviembre de 2016, la Jueza de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Primera del departamento de Santa Cruz celebró audiencia de aplicación de medidas cautelares del imputado Mauricio Almanza Encinas (fs. 167 a 172 vta.). En dicho actuado judicial, la autoridad jurisdiccional pronunció el Auto Interlocutorio 242, disponiendo la medida excepcional de detención preventiva, conforme lo establecido en el art. 233. 1 y 2 del CPP, al determinar la concurrencia del art. 235. 2 del adjetivo penal, es decir que el imputado influya negativamente sobre los partícipes, testigos, peritos a objeto de que informen falsamente o se comporten de manera reticente; y no así del numeral 1 del mencionado artículo; disponiendo que se libre mandamiento de detención preventiva para el imputado; al término de la audiencia, su abogado interpuso recurso de apelación contra la citada Resolución, con el argumento que por un solo riesgo procesal no se puede ordenar la detención preventiva (fs. 173 a 175 vta.).