SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2017-S2

Fecha: 13-Mar-2017

por lo que de concurrir cualquiera de estos peligros conjuntamente con el primer presupuesto, hace aplicable la medida de ultima ratio, como es la detención preventiva,

El presupuesto citado en el numeral 1, tiene que ver con los elementos materiales que sustentan el pedido de detención preventiva, los cuales deben ser de tal naturaleza que vinculen al imputado con el hecho delictivo atribuido; en cambio el presupuesto citado en numeral 2, implica la existencia de cierto grado de probabilidad o posibilidad de la existencia de peligros que motivan la adopción de medidas cautelares reflejadas en el “periculum in mora”, conteniendo este presupuesto tres alternativas referidas al peligro de fuga (art. 234 del CPP), peligro de obstaculización (235 del CPP) y peligro de reincidencia (art. 235 bis del CPP), por lo que de concurrir cualquiera de estos peligros conjuntamente con el primer presupuesto, hace aplicable la medida de ultima ratio, como es la detención preventiva, conforme también entendió la propia jurisprudencia constitucional en la SC 0149/2003-R de 11 de febrero.