SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2017-S3

Fecha: 17-Mar-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia que las autoridades demandadas, vulneraron sus derechos al debido proceso en sus elementos de tutela judicial efectiva, al juez natural, a la defensa, a la motivación, a la razonabilidad, a la proporcionalidad y al procedimiento preestablecido, así como al trabajo; por cuanto en el proceso disciplinario seguido en su contra, se aplicaron indebidamente las modificaciones al Reglamento de Procesos Universitarios de la UPEA, introducidas por las Resoluciones 108/2010 de 16 de agosto y 82/2014 de 14 de mayo, pronunciadas por el Consejo Universitario, referidas a la modificación de plazos y a la introducción del silencio administrativo en apelación, instancia que no tenía la facultad para realizar tales cambios, las cuales en consecuencia, resultan nulas; habiéndose emitido en base a las mismas, la Resolución 110/2016 de 3 de agosto, que simplemente resolvió aplicar el silencio administrativo negativo en el recurso de apelación que interpuso contra la Resolución 02/2014 de 14 de mayo -que lo sancionó con la destitución de su fuente laboral y con la prohibición de participar de la función pública en la UPEA-, sin haber realizado ninguna fundamentación, lesionando de esta manera su derecho a la defensa.