SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2017-S2
Fecha: 20-Mar-2017
a)
Rubén Costas Aguilera, Gobernador del departamento de Santa Cruz, por intermedio de su defensa técnica, en la audiencia de garantías, señaló que: a) Es evidente que la accionante interpuso una acción de amparo previa, contra el memorándum de baja y una resolución administrativa que ratificó el mismo, ya que según la Gobernación la accionante era de libre nombramiento; b) Ante la concesión del Tribunal de garantías, se cumplió con la orden de reincorporación aunque en otro puesto de trabajo, con la misma jerarquía y sueldo; c) El Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante SCP 0114/2016-S1, revocó la concesión inicial, mencionando que: 1) La accionante no acudió previamente a la oficina departamental del trabajo; 2) No demostró fehacientemente que fuera tutora de la persona con discapacidad; y, 3) No adjuntó certificado único de discapacidad; 4) Con esta resolución se notificó a la accionante en julio de 2016; 5) En agosto de 2016 el Tribunal de garantías ordenó el cumplimiento del fallo constitucional, razón por la que la Gobernación hizo conocer a la accionante la comunicación interna mencionada como acto lesivo, por lo que no se emitió un nuevo memorándum de baja, ni un nuevo hecho, ni un acto administrativo decisorio que vulnere sus derechos; 6) Lo que pretende la accionante es cambiar la referida sentencia constitucional, alegando hechos nuevos, por lo que consideran que hubo cosa juzgada constitucional; y, 7) No es cierto que no se le dio respuesta a la accionante, ya que existe el informe legal donde se da un criterio jurídico a la Dirección de RR.HH., sobre el alcance de la SCP 0114/2016-S1; donde se concluyó que la misma no acreditó su calidad de tutora legal ante autoridad competente, por lo que al no haber acreditado su condición no podía beneficiarse de la inamovilidad laboral.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- salvo que se cuente con declaratoria de invalidez permanente
- El Certificado Único de D
- Fragmento 20
- ámbito de protección que se amplía a los padres o tutores que tengan bajo su dependencia a
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- debiendo acreditar primeramente la calidad de tutora por autoridad judicial competente, así como también la discapacidad de la persona a su cargo mediante el certificado correspondiente, requisitos que no fueron presentados
- CONFIRMAR en todo