SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2017-S1

Fecha: 28-Mar-2017

i)

En audiencia refirió que: i) Se debe aplicar el art. 7 del Decreto Supremo 1801 que es de cumplimiento obligatorio; ii) La SCP 1171/2012 mencionada, desarrolla cuando se puede aplicar el art. 21.III de la Ley 2341 y eso se da cuando no existe una entidad que tiene regional; y, iii) El art. 39 de la Ley 535 de Minería y Metalurgia la AJAM tiene su propia estructura, desarrollado por regionales; solicitando se deniegue la tutela.

I.       El Ministerio de Minería y Metalurgia, y la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, procederán a la reversión previa verificación de la inexistencia de actividades mineras en las áreas registradas a nombre de las cooperativas mineras y operadores mineros privados y unipersonales.