SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2017-S1

Fecha: 31-Mar-2017

concedió

El Juez Público de Familia Tercero del departamento del Beni, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 01/2017 de 12 de enero, cursante de fs. 260 a 266, concedió la tutela solicitada; disponiendo que, se deje sin efecto legal alguno el Auto de Vista 085/2016 de 23 de septiembre, dictado por los Vocales de la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia, a cuyo efecto deberán emitir una nueva determinación, conforme a los siguientes fundamentos desarrollados: i) Si bien el Auto de Vista 085/2016 cuestionado, está motivado y fundamentado, no es menos cierto que los argumentos son erróneos y no guarda congruencia con lo dispuesto en la normativa legal en cuanto a los presupuestos que hacen procedente la objeción de la querella, vulnerando así el debido proceso, oponiéndose a lo previsto en los arts. 115.II y 180 de la CPE; y, ii) El rechazo de la querella penal cuestionando la calidad de la víctima, por no enmarcarse a lo dispuesto en el art. 76 inc. 2) del CPP, lesionó el derecho de la accionante a la tutela judicial efectiva en su vertiente de acceso a la justicia, al supeditar su participación a una simple formalidad mal concebida, que desconoce la Norma Suprema y el art. 11 del CPP, modificado por la Ley 007.