Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0281/2017-S2
Fecha: 20-Mar-2017
II.2.
II.2. Por Auto de Vista de 11 de septiembre de 2015, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, anulando el Auto 11 de septiembre de 2014, disponiendo que la Jueza antes referida, remita antecedentes ante el Tribunal de Sentencia de Turno, a objeto de que radique la acusación formulada en la causa, en lo concerniente a las excepciones e incidentes se realicen en el momento procesal respectivo (fs. 48 a 54 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- 6)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- III.2
- Etapa preparatoria
- El juicio oral
- III.3. Análisis en el caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR