Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0258/2017-S3
Fecha: 03-Abr-2017
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de libertad, y ampliándolo, sostuvo que ante la solicitud de la Fiscal de Materia codemandada, el Juez de control jurisdiccional los declaró rebeldes conforme al art. 87 del CPP, librando en su contra mandamientos de aprehensión; es decir, de manera ilegal el Ministerio Público atentó contra sus derechos al debido proceso y a la libertad, ante esa situación, presentaron un nuevo memorial solicitando se conmine al Ministerio Público a presentar requerimiento conclusivo; asimismo, sus últimas solicitudes fueron rechazadas por el Juez de la causa “…por ya haberse conminado al Ministerio Público…” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegar la tutela en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- REVOCAR en parte