Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0258/2017-S3
Fecha: 03-Abr-2017
II.9.
II.9. Por memorial presentado el 10 de enero de 2017, el accionante solicitó al Juez de la causa corrección de procedimiento y que se deje sin efecto el Auto de 28 de noviembre de 2016, obteniendo el decreto de 11 enero de “2016” que sostuvo que no ha lugar a la reposición formulada (fs. 20 a 21).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegar la tutela en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- REVOCAR en parte