Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0258/2017-S3
Fecha: 03-Abr-2017
II.10.
II.10. Mediante memorial presentado el 12 de enero de 2017, los ahora accionantes purgaron rebeldía ante el Juez de la causa, pidiendo la aplicación de la SCP 1128/2013 y que se dejen sin efecto todas las medidas cautelares dispuestas en su contra. Mereciendo el decreto de 13 del indicado mes y año, por el que se dispuso que se proceda a la notificación por el fin solicitado y manifestó: “…tenerse por purgado la multa procesal de rebeldía de los sindicados y asumir defensa en el estado en el que se encuentra el proceso investigativo” (sic [fs. 23 a 24 vta.]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegar la tutela en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- REVOCAR en parte