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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2017-S3

    Fecha: 05-Abr-2017

    I.1.2. Derechos y garantías supuestamente

    La Cooperativa accionante por medio de sus representantes señala como lesionados los derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación y a la tutela judicial efectiva, citando al efecto los arts. 13.IV, 115.II, 117.I, 256.I y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Jurisprudencia reiterada: La revisión de la actividad jurisdiccional de otros Tribunales
    • en tres dimensiones distintas
    • III.2.  Alcances y fines de la prescripción de la acción penal
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • de las simetrías penales, ejercitando un cálculo matemático de tiempos se tiene que de aquel momento a la fecha de la interposición de las excepciones transcurrieron ocho años, cinco meses y algunos días
    • con la consiguiente suspensión en su ejecución.-
    • CONFIRMAR en parte

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