Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2017- S1
Fecha: 12-Abr-2017
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 59/16 de 23 de agosto de 2016, cursante de fs. 554 vta. a 556 vta., pronunciada por la Sala Civil, Comercial, Familia de la Niñez y Adolescencia y Violencia Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, en consecuencia DENEGAR la tutela impetrada, conforme a los fundamentos expuestos en el presenta fallo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Valoración de la prueba en sede constitucional
- respecto a la valoración de la prueba
- III.4.
- cuando un Juez omite la motivación de una Resolución, no sólo suprime una parte estructural de la misma, sino también en los hechos toma una decisión de hecho no de derecho que vulnera de manera flagrante el citado derecho que permite a las partes conocer cuáles son las razones para que se declare en tal o cual sentido
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR