SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0321/2017-S2
Fecha: 03-Abr-2017
Fragmento 15
Se advierte también que por esas mismas fechas, la Dirección de Régimen Disciplinario del Ministerio Público, le inició a la accionante proceso disciplinario, por la presunta comisión de la falta prevista en el art. art. 121.2 de la LOMP; por cuya razón se emitió la Resolución Disciplinaria de 2 de mayo de 2013, mediante la cual la autoridad sumariante del Ministerio Público, resolvió declarar a la Fiscal de Materia Jeanette Guisela Velarde Luna, no responsable de la mencionada falta disciplinaria; decisión que habiendo sido apelada por el Ministerio Público, fue revocada por el Fiscal General del Estado mediante Resolución FGE/RJGP/DSL 141/2013, disponiendo la sanción disciplinaria de destitución definitiva del cargo y consiguiente retiro de la carrera fiscal, determinación que fue notificada a la accionante el 1 de octubre de 2013, mediante cédula fijada en el tablero judicial de dicha entidad pública.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1) El art. 58.II de la LOMP
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- el accionante, en su memorial de recurso jerárquico no consignó correo electrónico, por lo que se procedió a la notificación en el tablero, conforme al artículo mencionado, al ser la Fiscalía General del Estado un Tribunal de última instancia a nivel nacional con sede en Sucre, por lo que las partes tienen la obligación del hacer el seguimiento de sus causas, recurriendo de forma personal o a través de sus representantes.
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- existe una situación particular en este caso que es que el imputado hoy accionante, se encontraba detenido preventivamente; situación que hace aplicable el art. 163 del CPP, por lo que no tuvo conocimiento del referido Auto de Vista, y por ende, tampoco pudo formular el recurso de casación
- todos los trámites y procesos
- CONFIRMAR en todo