SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0328/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0328/2017-S1

Fecha: 12-Abr-2017

a)

Solicita se conceda la tutela, disponiendo: a) El cumplimiento de la Conminatoria JDTSC/CONM 090/2016, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; b) Se proceda a la elaboración de su contrato a plazo indefinido en la UAGRM, en estricto cumplimiento a las normas laborales y sociales; c) Se proceda a la reincorporación a su misma fuente de trabajo y el pago de sueldos devengados y demás derechos sociales; y, d) Se restituya el derecho al debido proceso y la seguridad jurídica.  

En este marco, el Tribunal Constitucional Plurinacional, debe velar por:             a) la supremacía de la Constitución, el respeto y la vigencia de los derechos y las garantías constitucionales, desde una concepción de Pluralismo, es decir desde todas las cosmovisiones que se practican;                    b) Ejercer el control plural de constitucionalidad, para que la implementación del nuevo modelo de gestión pública, se enmarque bajo el paraguas de  los principios, valores y normas fundamentales que sustentan el modelo constitucional, considerando que uno de los  fines del Estado es justamente “Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución”, lo cual permitirá a su vez lograr el otro fin que es el de constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales, tal como pregona el            art. 9.1 y 4 de la Norma Suprema.