Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0328/2017-S1
Fecha: 12-Abr-2017
III.
El accionante, denunció la vulneración de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral a la dignidad y “seguridad jurídica”; toda vez que, mediante Memorándum 1432/2016, se rescindió el Contrato de trabajo a Plazo fijo PF473/2016 suscrito con la UAGRM para desempeñar funciones como Profesional III (nivel 9) en Activos Fijos, desde el 1 de septiembre de 2016 hasta el 28 de febrero de 2017; sin justificación alguna.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III.
- III.1. Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- III.2. Sobre la acción de amparo constitucional
- derecho fundamental
- f)
- III.4.
- III.5. Análisis del caso concreto
- de sueldos devengados
- CONFIRMAR