SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2017-S2

Fecha: 03-Abr-2017

1)

En uso de la réplica, manifestó: 1) Es falso que hubiera cobrado los tres contratos; pues, para que el empleador alegue o pretenda insinuar que el trabajador cobró sus beneficios, ésta debe estar con la firma de conformidad  del trabajador, y, refiriéndose al depósito efectuado, la misma fue hecha sin consultar al trabajador e iniciado después del trámite de reincorporación; 2) Con relación a que el trabajador no cumplió con su hijo; el retraso de su reconocimiento no representa ningún incumplimiento legal. El hecho de existir y constar un certificado de nacimiento, acredita que el trabajador plenamente cumplió con su deber de padre; y, 3) La jurisprudencia constitucional, señalo que si el mecanismo ordinario de protección de los derechos resulta inidóneo, la justicia constitucional se apresurará inmediatamente a definir y brindar tutela.