SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2017-S2

Fecha: 03-Abr-2017

II.2.

II.2.  De acuerdo con el contrato de trabajo a plazo fijo (sin fecha) suscrita a solicitud de la C.I. Rectorado 622/2014 de 26 de septiembre de 2014, entre la UAGRM representada por sus personeros legales y Juan Pablo Poñez Yaboo, para desempeñar el cargo de Vigilante Diurno (Nivel 21) en la Administración de Servicios Universitarios (predios), estableciendo como término de duración del contrato a plazo fijo el tiempo de trescientos sesenta días, que empezará a computarse del 1 de octubre de 2014 feneciendo el 30 de septiembre de 2015 (fs. 79).