SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2017-S1

Fecha: 25-Abr-2017

dentro del plazo de veinticuatro (24) horas

En ese sentido, ya no existe un “saneamiento previo”, que impida al tribunal o juez de sentencia asumir la competencia para conocer y resolver aquellas cuestiones, solicitudes, incidentes, excepciones, etc., planteadas por las partes; toda vez que, concluida la etapa preparatoria y eliminada aquella fase de saneamiento, no existe óbice alguno que les impida conocer y pronunciarse sobre todo lo que atañe al proceso y se encuentra en el marco de sus competencias, entendiéndose que a partir de la finalización de la etapa preparatoria, el juez o tribunal de sentencia se convierte en la autoridad que ejerce el control jurisdiccional dentro del proceso.