SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2017-S1

Fecha: 25-Abr-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Solicitó ante el Juzgado de Instrucción Penal Segundo de Sacaba, la cesación a la detención preventiva en reiteradas oportunidades. La primera audiencia fue suspendida, debido a que su persona no fue notificada oportunamente para dicho fin, pese a que el Recinto Penitenciario donde se encuentra detenida está a dos cuadras del Juzgado; la segunda vez, debido a que estaba pendiente de resolución la apelación de medidas cautelares de carácter personal, cuyo expediente no habría sido devuelto por una de las Salas Penales del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba y la tercera vez, solicitó la cesación a su detención preventiva, el mismo día en que dio cumplimiento al Auto de Vista que ordenó a la autoridad demandada que fundamente la aplicación de medidas cautelares de carácter personal; pero, curiosamente ese mismo día, 11 de julio de 2016, se ordenó la remisión de actuados ante el Juzgado de Sentencia y Partido el Trabajo y Seguridad Social Primero de Sacaba de dicho departamento.

En el mencionado Juzgado, en audiencia de juicio oral efectuada el 8 de agosto de 2016, la hoy accionante hizo conocer con carácter previo la existencia de un incidente de actividad procesal defectuosa el que se encuentra pendiente de resolución, por ese hecho se decidió anular obrados hasta el vicio más antiguo, debido a que esa Resolución a dictarse determinará su competencia para llevar adelante el mencionado juicio oral. Radicada nuevamente la causa ante el Juzgado de Instrucción Penal Segundo de Sacaba del departamento de Cochabamba, la hoy accionante reiteró nuevamente la cesación a la detención preventiva, dicha autoridad judicial se declaró incompetente para conocer la causa, disponiendo nuevamente la remisión del proceso ante el mencionado Juzgado de Sentencia.