SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2017-S1

Fecha: 25-Abr-2017

II.3.

II.3.  El 11 de julio de 2016, la misma autoridad judicial demandada, en cumplimiento al Auto de Vista de 6 de junio del año en curso, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal departamental de Justicia de Cochabamba, en audiencia de aplicación de medidas cautelares de carácter personal, ordenó la detención preventiva de Beatriz Marcelina Rocha, en el Penal San Pedro de Sacaba, al concurrir los presupuestos procesales previstos en los arts. 233.2, 234.1.2.10 y 235.1.2 todos del CPP, advirtiendo a las partes que tienen el plazo de 72 horas para interponer el recurso de apelación correspondiente. En la referida fecha, el Juez demandado, mediante Auto, ordenó la remisión dentro del término de veinticuatro horas, la acusación formal y las actuaciones pertinentes ante el Juzgado de Sentencia de Turno de Sacaba del mismo departamento, al estar resuelto el incidente de actividad procesal defectuosa planteado por la ahora accionante y al haberse notificado con la acusación fiscal de forma personal. Asimismo, el día señalado precedentemente, la hoy accionante solicitó cesación a la detención preventiva, ante dicha petición el Juez demandado el 12 del mes y año referido decreto estése a lo dispuesto en el Auto de 11 del mes y año mencionado (fs. 21 a 23; y, 26).