SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0378/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0378/2017-S1

Fecha: 25-Abr-2017

denegó

La Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 02/2017 de 1 de febrero, cursante de fs. 291 a 293 vta., denegó la tutela solicitada; bajo los siguientes fundamentos: i) Respecto al debido proceso en su “vertiente” del derecho a la defensa, la Sentencia Agroambiental Nacional S1a 54/2015, dentro de su estructura fáctica y jurídica cumplía con la debida motivación y fundamentación exigida por ley; y, si bien el accionante señaló no haber tenido conocimiento del proceso de saneamiento; sin embargo, de forma contradictoria indicó haberse apersonado dentro del mismo, aspecto que generaba convicción acerca de la defensa que asumió; ii) Sobre el derecho a la propiedad, todo ciudadano tenía el deber de cumplir ciertas obligaciones comunales, en razón directa con el lugar que ocupaba y el interés del grupo, así en el caso de análisis, el INRA en razón a sus facultades, llevó a cabo el proceso de saneamiento público y el accionante no podía alegar desconocerlo; iii) El impetrante de tutela adquirió su propiedad mediante Escritura Pública 859 de 18 de diciembre de 2001; y, el Ministerio Público en su investigación concluyó que se utilizó un documento falso a objeto de adquirir terrenos en la comunidad campesina Yanarico (Sentencia 016/2007); por lo que mal podría señalar ser el legítimo propietario; y, iv) Acerca del principio de seguridad jurídica, al tratarse de un principio no podía tutelarse a través de la acción de amparo constitucional; consecuentemente, correspondía denegarse la tutela.