Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0376/2017-S3
Fecha: 02-May-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Las accionantes denuncian la lesión de su derecho al debido proceso y los principios de seguridad jurídica y supremacía constitucional, alegando que dentro del proceso ordinario de nulidad de contrato que interpusieron se dictó resolución en ejecución de sentencia regulando honorarios de abogado en la suma adicional del 10% de la cuantía del valor del inmueble litigado, cuando no existía cuantía en el proceso, disposición que no pudieron impugnar por haber sido notificada en Secretaría del juzgado, y que pese a que formularon incidente de nulidad de obrados, el mismo fue rechazado y confirmado en apelación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- III.3. El derecho a la defensa y su alcance
- Asimismo, implica la observancia del conjunto de requisitos de cada instancia procesal en las mismas condiciones con quien lo procesa, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos´; i
- II.
- I.
- III.5. Análisis del caso concreto
- solicitaron a la Jueza de primera instancia, se regule el honorario de la abogada patrocinante en primera instancia
- CONFIRMAR