SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0422/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0422/2017-S3

Fecha: 19-May-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Carmen Rosa Carvajal Bernal, Encargada de Control y Fiscalización de la Oficina Departamental de Chuquisaca del Consejo de la Magistratura, formuló denuncia en su contra, alegando que en una revisión que realizó dicha funcionaria a los Libros de Tomas de Razón de 2014 al 2016, detectó que el 27 de marzo de 2015, su persona se había excusado del conocimiento de un proceso ejecutivo, por una causal sobreviniente, remitiendo el caso al Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial -hoy Juez Público Civil y Comercial Tercero de la Capital- del departamento de Chuquisaca -ahora codemandado-, quien observó la excusa enviándola en grado de consulta ante la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del mismo departamento, donde mediante Auto 68/2015 de 14 de abril, conforme al art. 350.I del Código Procesal Civil (CPC), se la declaró ilegal, sindicándosele en consecuencia la comisión de la falta disciplinaria establecida en el art. 187.3 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

Como consecuencia de dicha denuncia, el Juzgado Disciplinario Primero de la Oficina Departamental de Chuquisaca, emitió la Resolución Definitiva de Primera Instancia 30/2016 de 11 de octubre, declarándola probada y sancionándolo con la suspensión del ejercicio de sus funciones, misma que fue confirmada en su totalidad en grado de apelación por la Resolución SD-AP 644/2016 de 24 de noviembre, pronunciada por la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura.