Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2017-S1
Fecha: 24-May-2017
II.2.
II.2. Mediante memorial de 24 de octubre de 2013, Rosmery Añez Ojopi, interpuso demanda de reconocimiento de unión conyugal libre o de hecho y ruptura unilateral, y declaración de existencia de bienes comunes y la división y partición de dichos bienes además por memorial de 5 de noviembre de igual año, ratificó y amplió la demanda de reconocimiento de unión conyugal libre y de hecho y ruptura unilateral y la declaración de existencia de bienes comunes y la división y partición de los mismos (fs. 4 a 10 vta.; y, 12 a 13).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 6
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- ejecución de sentencia
- Fragmento 25