SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2017-S1
Fecha: 24-May-2017
II.4.
II.4. Cursa Sentencia 62/2014 de 17 de junio, mediante la cual la Jueza Primera de Partido de Familia del departamento del Beni, declaró improbada la demanda ordinaria respecto al reconocimiento de la unión conyugal libre o de hecho de la demandada Rosmery Añez Ojopi y Lucio Gonzáles Reinaga, y probada respecto a los efectos establecidos en el art. 172 del Código de Familia abrogado (CFabrg.) al existir buena fe de la demandante al conformar hogar y constituir familia con el demandado desconociendo la condición de casado de su conviviente; declaró la ruptura legal de la relación irregular sostenida entre estos; disponiendo se proceda a la división y partición de los bienes mencionado en el punto cuarto de los hechos probados por la parte demandante (fs. 50 a 56).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 6
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- ejecución de sentencia
- Fragmento 25