Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0435/2017-S2
Fecha: 02-May-2017
II.4.
II.4. La Directora Ejecutiva a.i. de la AGIT, pronunció la Resolución del Recurso de Alzada ARIT-CBA/RA 0219/2016 de 3 de mayo, a través de la cual resolvió anular obrados hasta el vicio más antiguo, incluso el Auto de Observación de 25 de enero de 2016, debiendo dictar Auto de Rechazo del Recurso de Alzada interpuesto contra la Resolución Sancionatoria 18-04337-15 emitida por la Gerencia Distrital Cochabamba del SIN (fs. 54 a 59).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- anular obrados
- más aún cuando el mismo cumplió con su finalidad de dar a conocer en forma real y efectiva los cargos atribuidos a la conducta contraventora incurrida por la contribuyente mediante la Resolución Sancionatoria 18-04337-15
- debió circunscribirse a resolver conforme al agravio solicitado por la contribuyente en su memorial
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2. El 5 de octubre de 2015,
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- puede inferirse
- III.2. Sobre la legitimación activa en acciones de amparo constitucional
- que demuestre conforme exige el ordenamiento jurídico, que los efectos del acto ilegal o indebido que denuncia hubieran recaído directamente en un derecho fundamental suyo
- …no se puede plantear una demanda de Amparo, sino demostrando ser el agraviado directo por la autoridad o particular recurrido
- la legitimación activa consiste en la identidad de la persona del sujeto activo con la persona a la cual la ley concede el derecho de la acción constitucional
- el accionante debe demostrar la vinculación entre el acto que impugna y su derecho legítimo supuestamente vulnerado; es decir, que especifique y detalle con claridad el daño o quebrantamiento a sus derechos fundamentales y la relación causal directa con el acto o resolución impugnada, pues de no ser claros y precisos estos elementos, o cuando no se compruebe que tales actos han afectado directamente sus derechos, la acción de amparo corresponderá ser denegada”
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR e