SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0463/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0463/2017-S3

Fecha: 26-May-2017

i)

Juan Gabriel Martínez Anachuri, Gabriel Miqueas Medina Delgado, “Gabriel Erick Armella” y Erick Rómulo Arias Jaime, a través de su abogada en audiencia manifestaron que: i) Son parte de la FUL de Tarija, mismos que fueron elegidos en la gestión 2014 hasta septiembre de 2016 y que a convocatoria de la FUL en una reunión orgánica del Comité en la cual no participaron los anteriores demandados, se analizó los Estatutos de la FUL y de la CUB y se decidió un periodo máximo de tres años; sin embargo, el Estatuto Orgánico de la Universidad señala que el periodo de gestión es de dos años y que el mismo no fue modificado; y, ii) El Estatuto Orgánico de la CUB, respeta a la autonomía universitaria, por lo que convocaron a junta electoral el 2016, por haberse cumplido la gestión de los demandados, conforme con los Estatutos Orgánicos Estudiantil y de la CUB y en pleno conocimiento de sus derechos llevaron a cabo la convocatoria electoral, debiendo ser los mejores alumnos de cada carrera y en ningún momento se incumplió y dejaron de fungir sus funciones conforme en el tiempo establecido.

Carlos Roberto León Gonzales, Mariela Velásquez Aguilera, Cristian Gabriel Zuleta Jurado, Anahí Marza Baltazar, Freddy Areco Armella, Lizeth Flores Condori, Max Fernando Mendoza Parra, Ismael Rueda, Franz Luis Gutiérrez Colque, Weimar García Carvajal, Alberto Duchén Bautista, Alex Cardona Heredia, José Luis Claros, Marcelo Renjifo, Álvaro Rojas Cruz, Edson Mamani Torres, Reinaldo Caceres, Cristian Gallardo Díaz, Cristian Ortega, Wilfren Sebastián y Eduardo Meyer no asistieron a la audiencia de consideración de la presente acción tutelar ni remitieron informe alguno pese a sus citaciones cursantes de fs. 567 a 569 vta.