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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0463/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0463/2017-S3

    Fecha: 26-May-2017

    II.1.

    II.1.  La Resolución de Consejo de Dirigentes de la UAJMS FUL 002/2015 de 28 de febrero, en uso de sus atribuciones resolvió, ratificar y apoyar contundentemente la duración de mandato de tres años calendario tanto de los actuales Centros de Estudiantes como de la FUL y que bajo ningún argumento se podrá llamar a elecciones de los mismos, antes de la culminación de su mandato (fs. 141 del anexo 1).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de los particulares demandados
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • Fragmento 13
    • III.1. La inobservancia al principio de inmediatez es causal de denegatoria de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 15
    • III.2.1.
    • III.2.2.
    • CONFIRMAR

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