SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0488/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 005/2017 de 23 de marzo, cursante de fs. 222 a 226 vta., dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Herminia Segales de Márquez, Ricardo Juan Ticona Medina y Víctor Hugo Álvarez Mamani contra René Oscar Martínez Callahuanca, Ministro de la Presidencia; María Isabel Atahuichi Torrez, Directora General Interina de Asuntos Administrativos; Patricia Isabel Beltrán Navarro, Directora General de Asuntos Jurídicos, ambas del Ministerio mencionado; Hugo José Siles Núñez del Prado, Viceministro de Autonomías dependiente del indicado Ministerio; Geraldin Zúñiga Rojas Responsable del Área de Recursos Humanos y Paul Camilo Carvajal Sánchez ex Director General de Límites, Organización Territorial y Autonomías Regionales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 8
- concedió en parte
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- Fragmento 14
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- grupos vulnerables
- III.4. Protección de las personas con capacidades diferentes
- Las personas con discapacidad deberán contar con una fuente de trabajo’
- III.5. Inamovilidad laboral de servidores públicos que tengan bajo su dependencia a personas con capacidades diferentes
- requieren la protección y tutela de uno de los miembros de su familia
- inamovilidad laboral tanto para
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR