Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0488/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
Fragmento 8
Patricia Isabel Beltrán Navarro señaló que: La reestructuración implica una serie de actos técnicos y legales que cambian la estructura de dicho Órgano; es decir que, el Ministerio de Autonomías es suprimido y las atribuciones funcionales son asumidas por el Ministerio de la Presidencia a través de un Viceministerio, existiendo supresión de cargos; por lo que, no podrían acomodar a los accionantes por el tema administrativo técnico, pues la nueva estructura responde a un presupuesto asignado y aprobado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 8
- concedió en parte
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- Fragmento 14
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- grupos vulnerables
- III.4. Protección de las personas con capacidades diferentes
- Las personas con discapacidad deberán contar con una fuente de trabajo’
- III.5. Inamovilidad laboral de servidores públicos que tengan bajo su dependencia a personas con capacidades diferentes
- requieren la protección y tutela de uno de los miembros de su familia
- inamovilidad laboral tanto para
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR