Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0520/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
II.2.
II.2. Cursa Informe en Conclusiones DDSC-G.ÑCH INF. 0141/2013 de 13 de junio, emitido por Pamela Francisca Poma, Profesional Jurídico II y Guilder Rojas Numbela, Profesional Técnico III, ambos del INRA Santa Cruz, sugirieron que, al dictar la resolución suprema, se resuelva anular el titulo ejecutorial individual C-5771 con antecedente en la Resolución Suprema 201174 de 6 de mayo de 1986, expediente 32442, al haber identificado vicios de nulidad absoluta del predio Peña Blanca I”, el archivo de obrados y el mismo se declare tierra fiscal en la superficie de 1457.7189 ha. (fs. 467 a 475)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- , siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida
- motivación y fundamentación
- exigencia de la motivación de las resoluciones
- c
- III.4.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR