Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2017-S3
Fecha: 09-Jun-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 2 de 23 de marzo de 2017, cursante de fs. 756 a 762 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Lucía Heredia Rojas contra Adhemar Fernández Ripalda y Edgar Molina Aponte, ex Vocales, Editha Pedraza Becerra y Jimmy Fernando López Rojas, actuales Vocales, todos de la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, Alberto Guzmán Méndez, Juez Público Civil y Comercial Séptimo de la Capital del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia referida a la revisión de la actividad jurisdiccional desplegada por otros tribunales
- encuentran la motivación, fundamentación, congruencia y pertinencia entre otros
- principio de congruencia entendido en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- III.3. Análisis del caso concreto
- debidamente registrados con anterioridad al embargo
- si hubiere cuestiones de hecho que probar
- CONFIRMAR