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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2017-S3

    Fecha: 09-Jun-2017

    II.1.

    II.1.    Cursa demanda ejecutiva incoada por Juan Carlos Aguilera Sosa y Juan Veza Chávez en representación de BIDESA -ahora entidad en liquidación y tercera interesada- contra Edmundo Dante Aguilera Viruez y Dorys Ortiz de Aguilera -también terceros interesados- (fs. 35 a 37), la cual fue declarada probada por Sentencia de 10 de julio de 2000 (fs. 76 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • a)
    • 1)
    • I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Jurisprudencia referida a la revisión de la actividad jurisdiccional desplegada por otros tribunales
    • encuentran la motivación, fundamentación, congruencia y pertinencia entre otros
    • principio de congruencia entendido en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • debidamente registrados con anterioridad al embargo
    • si hubiere cuestiones de hecho que probar
    • CONFIRMAR

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