SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0523/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0523/2017-S3

Fecha: 09-Jun-2017

III.2.  Análisis del caso concreto

Revisados los antecedentes puestos a consideración de esta jurisdicción, se tiene que mediante nota CITE: DDECH-010/14 de 17 de febrero de 2014, la autoridad codemandada denunció de oficio al accionante ante la Defensoría de la Niñez y Adolescencia (Conclusión II.1.), entidad que el 14 de mayo de 2014 interpuso denuncia ante el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de acoso sexual que derivó en su imputación formal, para finalmente emitirse el Auto 87/2016 de 11 de agosto que declaró la extinción de la acción penal por vencimiento del término de la etapa preparatoria (Conclusión II.2.).

En este ínterin, se emitieron los Memorandos CITES: D.D.E.CH./A.A. 052/2014 de 20 de octubre, D.D.E.CH./A.A. 053/2014 de 23 de igual mes, M/DDEO 528/14 de 22 del mismo mes y año y D.D.E.CH. 112/2014 de 10 de noviembre, poniendo a conocimiento del accionante su suspensión sin goce de haberes de acuerdo a lo establecido en el art. 3 del DS 1302 modificado por el Decreto Supremo 1320 (Conclusión II.3.). Posteriormente, se dictó la Resolución 001/2016 de 7 de julio que declaró probada la denuncia interpuesta por José Fernández Choque y Natividad Chungara Escobar, padres de la menor AA contra el hoy accionante por infringir el art. 11 inc. m) del Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio y Personal Docente y Administrativo, sancionándosele con destitución del cargo, tal cual prevé el art. 13 inc. c) del citado Reglamento (Conclusión II.4.).