SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0650/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0650/2017-S3

Fecha: 30-Jun-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante sostiene que las autoridades educativas ahora demandadas lesionaron sus derechos de petición e información, a la dignidad, a no sufrir discriminación, al trabajo, a la estabilidad laboral, a la salud, a la seguridad social y al debido proceso, así como el desconocimiento de los principios de seguridad jurídica y legalidad, señalando que tras haberse presentado a la Convocatoria Pública de 27 de abril de 2017, emitida por la Dirección Distrital de Educación-ucre, a efectos de optar a la Unidad Educativa “Ángel Baspineiro”, nivel Secundaria, área provincial, especialidad Lengua Castellana y Originaria, con carga horaria de cien horas, ganó la compulsa llevada a cabo el 30 del señalado mes y año, superando ampliamente a las demás postulantes, por lo que inició los trámites para su designación y el 2 de mayo de igual año, le hicieron entrega del respectivo Memorando únicamente para firma. En ese marco, señala que el 5 del referido mes y año solicitó la conclusión de procesamiento del cargo al que postuló y sin que la autoridad codemandada brinde una respuesta fundamentada, emitió una Segunda Convocatoria para optar por la misma asignatura y cargo que su persona ganó, sin que la misma hubiese sido publicada en el Sistema de Información del Ministerio de Educación, menos explicar por qué razones fue anulada la Primera Convocatoria, constituyendo así en actos de hecho que restringen sus derechos y la discriminan por ser una maestra urbana y mujer en particular.