Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0658/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
II.1.1.
II.1.1. Consta Sentencia 083/2012 de 19 de marzo, dictada por Rosario Verónica Sánchez Sánchez, Jueza Pública Civil y Comercial Octava de la Capital del departamento de La Paz -hoy demandada-, por la cual declaró probada la demanda ejecutiva con costas, debiendo proseguirse con los demás trámites de la ejecución hasta el estado de trance y remate del bien otorgado en garantía hipotecaria y otros embargados o por embargarse de la ejecutada Blanca Pamela Márquez Plata -ahora tercera interesada- para que se pague la deuda más intereses convencionales, multas, gastos y costas judiciales (fs. 8 a 9).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió la tutela
- II.1.
- II.1.1.
- II.2.
- II.3.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- Auto de Vista I-29/2017 de 25 de enero
- c)
- d)
- 2)
- 3)
- CONFIRMAR