Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0671/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
La Jueza Pública Civil y Comercial Decimoctava de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante la Resolución 527/2016 de 19 de octubre, cursante de fs. 355 a 358 vta., declaró improcedente esta acción de defensa; consecuentemente, el accionante, mediante memorial presentado el 25 de igual mes y año, impugnó dicha determinación (fs. 360 a 362 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada de la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- PAMELA DENNISE ROSSO ALBA
- b)
- PAMELA DENISE ROSSO ALBA
- c)
- REVOCAR