SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0671/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0671/2017-S3

Fecha: 30-Jun-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la lesión de sus derechos a la defensa, al debido proceso en su vertiente de legalidad, incongruencia, aplicación objetiva de la ley, “por emitir fallo extrapetita”, “por incorrecta aplicación de la Ley en materia procesal civil” y a la seguridad jurídica, ya que en grado de apelación y dentro de un proceso de desalojo seguido en su contra como arrendataria, la autoridad ahora demandada revocó y declaró improbado su incidente de nulidad y anulación de obrados por falta de notificación en su domicilio, observando que la nulidad de obrados debió ser solicitada con el primer memorial interpuesto aplicando el Código Procesal Civil, y que teniendo conocimiento y sin valorar la prueba que presentó, no se pronunció respecto a que la demandante y arrendadora no era propietaria del bien motivo de desalojo.